De acuerdpo al Art. 5 del Instructivo que regula las solicitudes de acceso a la información pública, expedido con resolución 046-DPE-CGAJ-2019, de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los pedidos deberán ser escritos y dirigidos al titula de la Entidad.
Nota: Si desea, puede descargar el formulario que se encuentra en esta página, o adjuntar un oficio con su petición concreta.